
TRIUNFA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN: TEV DESCARTA VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO EN DENUNCIA DE DANIELA GRIEGO.
Tampoco hubo calumnia
Xalapa | Veracruz | 27/06/2025 | QUE Noticias | Este viernes el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEV) determinó la inexistencia de violencia política en razón de género en la denuncia presentada por la ahora presidenta municipal electa de Xalapa, Daniela Griego Ceballos, quien acusó a la periodista Claudia Guerrero, al comunicador Tomás González Corro, y al ex candidato del PAN José Luis Cortés, por presunta calumnia y violencia a través de una caricatura en la que se usó el término “teca” y otra dónde se menciona el nivel académico de ciudadanos.
Durante la sesión pública celebrada hoy, el TEV concluyó que las expresiones denunciadas no constituyen violencia política de género
, pues no contienen elementos que menoscaben o anulen derechos de participación política de Griego por su condición de mujer. El tribunal reafirmó que la crítica política está protegida por el derecho a la libertad de expresión, especialmente cuando se trata de figuras públicas y detalló que la calumnia tampoco aplica cuando se trata de personas que ejercen el periodismo.
Daniela Griego Ceballos, candidata ganadora por Morena en las elecciones municipales recientes, presentó una queja formal argumentando que fue víctima de violencia política en razón de género derivada de un par de caricaturas publicadas en redes sociales y espacios de análisis político, donde se hacía uso del término “teca” – por su origen minatitleco – término que para ella resulta despectivo y ofensivo y solicitó una sanción para quienes publicaron las caricaturas en mención.
La acusación iba en contra de quienes participaron en la difusión y comentarios en torno a dicha imagen pues según Daniela Griego, se buscaba dañar su imagen pública mediante una narrativa ofensiva y la ponía en un nivel intelectual en el que no se encuentra.
Sin embargo, los magistrados del TEV establecieron que el uso del lenguaje en la caricatura, aunque polémico o crítico, no está basado en estereotipos de género ni implica un ataque directo por ser mujer, por lo que no puede considerarse violencia política con base en los criterios jurídicos vigentes.
Quien sí consideró «despectivo» el término «Teca», fue la magistrada Tanya Celina quien emitió un voto concurrente.
La sátira política, el humor y la crítica son herramientas legítimas en una democracia y este fallo delimita con claridad lo que es violencia política de género y lo que forma parte del debate público, algo que muchos actores políticos no diferencian.
Cabe mencionar que Daniela Griego podría aún apelar la resolución ante instancias federales como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

















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