La diputada Mónica Robles Barajas propone cambios de denominación, para coadyuvar en el respeto a los derechos humanos de las mujeres
Diez años de prisión y multa de 400 días de salario mínimo, por robo de instrumentos y medios de producción y protección agrícola, pide el diputado Jorge Vera Hernández

Xalapa, Ver.- Por considerar que el término “erótico” minimiza la gravedad de la conducta punible, lo que contribuye a la indefensión de los derechos humanos de las y los agraviados, la presidenta de la Comisión Permanente de Equidad, Género y Familia de la LXIII Legislatura del Estado, diputada Mónica Robles Barajas, propuso cambiar el nombre “Abuso Erótico Sexual” por el de “Abuso Sexual”, correspondiente al Capítulo III del Título V del Código Penal del Estado.

Desde tribuna, a través de una Iniciativa de Decreto, la Legisladora pidió modificar la denominación del Capítulo II del Título VIII, Delitos contra la Familia, también del Libro Segundo del Código Penal de Veracruz, y reformar los artículos 196 y 236.

El estudio sugiere cambiar la denominación del Capítulo II del ordenamiento penal, intitulado Incumplimiento de la obligación de dar alimentos y abandono de familiares, por Fraude familiar y abandono de familiares, así como establecer con claridad la suspensión de los derechos de familia para el imputado de este delito, mientras no pague todas las cantidades que hubiere dejado de ministrar por concepto de alimentos, como lo establece el Código Penal.

La Diputada refirió que el cambio obedece a una revisión de la legislación penal de las entidades federativas, para determinar los preceptos que transgreden las libertades fundamentales de las mujeres, e impulsar las reformas pertinentes para coadyuvar en el respeto a los derechos humanos de las mujeres, particularmente a una vida libre de violencia.

“La intención de identificar las conductas penales previstas en este capítulo con fraude familiar y abandono de familiares tiene resaltará la importancia de la familia como base fundamental de la sociedad, ya que las acciones tipificadas serán atendidas por la vía penal, asegurando la máxima protección al núcleo familiar”, finalizó.

SANCIONARÍAN ROBO EN EL CAMPO

El robo de instrumentos y medios de producción y protección agrícola se castigaría hasta con diez años de prisión y multa de 400 días de salario mínimo, de acuerdo con la Iniciativa de Decreto presentada por el diputado Jorge Vera Hernández, a partir de modificar el artículo 206 del Código Penal para el Estado de Veracruz.

La propuesta, turnada a la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales para su estudio, plantea que se aplique esta sanción “a quien con ánimo de dominio, lucro o uso, se apodere de algún instrumento o máquina de labranza, alambre para cercar, frutos cosechados o por cosechar, colmenas, abejas o sus productos, total o parcialmente ajenos, sin el consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellos con arreglo a la ley”.

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